Ley Contra la Trata de Personas
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Ley Contra la Trata de Personas
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Artículo 19
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE TRATA DE PERSONAS. El Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITAP) será un instrumento de recolección, procesamiento y análisis de información estadística y académica sobre características y dimensiones de la Trata interna y externa en Honduras; sus causas y efectos y servirá de base para la formulación de políticas, planes estratégicos y programas, así para medir el cumplimiento de los objetivos trazados en los planes nacionales La Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), creará, desarrollará coordinará y mantendrá la operación de dicho Sistema por medio de la Secretaría Ejecutiva que, recogerá y sistematizará la información que suministren las distintas unidades y entidades que integran la Comisión y los resultados de las investi: gaciones académicas, sociales, judiciales y criminológicas. Estos datos serán actualizados periódicamente. Lasinstituciones públicas y privadas y los organismos del Estado que manejen información relacionada con la Trata de Personasdeberán suministrarla a la Secretaría Ejecutiva para el correspondiente registro en el Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITdP). En ningún caso, los datos podrán referirse a asuntos de reserva legal. Los datos suministrados al Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITAP) se podrán dar a conocer al públicoen resúmenes numéricos, informes y estadísticas que no incluyan datos personales de las víctimas o de carácter judicial y que no permitan deducirinformación alguna de carácter individual que puedautilizarse con fines discriminatorios o amenazar los derechos ala vida, libertad e integridad personal y a la intimidad de las víctimas.
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE TRATA DE PERSONAS. El Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITAP) será un instrumento de recolección, procesamiento y análisis de información estadística y académica sobre características y dimensiones de la Trata interna y externa en Honduras; sus causas y efectos y servirá de base para la formulación de políticas, planes estratégicos y programas, así para medir el cumplimiento de los objetivos trazados en los planes nacionales La Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas (CICESCT), creará, desarrollará coordinará y mantendrá la operación de dicho Sistema por medio de la Secretaría Ejecutiva que, recogerá y sistematizará la información que suministren las distintas unidades y entidades que integran la Comisión y los resultados de las investi: gaciones académicas, sociales, judiciales y criminológicas. Estos datos serán actualizados periódicamente. Lasinstituciones públicas y privadas y los organismos del Estado que manejen información relacionada con la Trata de Personasdeberán suministrarla a la Secretaría Ejecutiva para el correspondiente registro en el Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITdP). En ningún caso, los datos podrán referirse a asuntos de reserva legal. Los datos suministrados al Sistema Nacional de Información sobre Trata de Personas (SNITAP) se podrán dar a conocer al públicoen resúmenes numéricos, informes y estadísticas que no incluyan datos personales de las víctimas o de carácter judicial y que no permitan deducirinformación alguna de carácter individual que puedautilizarse con fines discriminatorios o amenazar los derechos ala vida, libertad e integridad personal y a la intimidad de las víctimas.
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