Ley de Protección al Consumidor - TodoLegal

Ley de Protección al Consumidor

24-2008 5 resultados encontrados

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Ley de Protección al Consumidor

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Artículo 11
REQUISITOS. Sin perjuicio de los demás requisitos que para tal efecto reglamente la Autoridad de Aplicación, los interesados en obtener personalidad jurídica o autorización para operar como asociaciones de consumidores deberán presentar su solicitud acompañada de la documentación siguiente: 1) Certificación del Acta de Constitución de la Organización o Asociación; la cual tendrá un número no menor de quince (15) miembros de los cuales cinco (5) formarán la Junta Directiva; 2) Estatutos de la Organización con indicación del representante legal de la misma; 3) Nombre o denominación de la Organización; 4) Indicación de la actividad específica o general a realizar; 5) Duración, domicilio, jurisdicción y otros datos de identificación; 6) Fotocopia de los documentos de identificación personal de los miembros fundadores y de la Junta Directiva; 7) Los documentos a que se hace referencia en este artículo no necesitan ser autenticados; y 8 Los miembros fundadores y directivos deben ser mayores de edad y estar en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos. Las organizaciones civiles con personalidad jurídica y que se hayan constituido con fines distintos a la protección y defensa de los consumidores, podrán ser autorizadas para operar como asociaciones de consumidores debiendo para ello, presentar la solicitud correspondiente y cumplir con los requisitos, finalidades y demás disposiciones establecidas en la presente Ley y su reglamento.
Artículo 27
PUBLICIDAD ENGAÑOSA O FALSA. Se prohíbe toda publicidad. que pueda resultar total o parcialmente engañosa o falsa, o que, de cualquier otro modoinclusive por omisión de sus datos esenciales, sea capaz de inducir a error, engaño o confusión a los consumidores respecto de las características esenciales, propiedades, naturaleza, origen, calidadcantidad, precio o condiciones de comercialización sobre toda clase de bienes y servicios. La carga de la prueba sobre la veracidad y corrección de la información o comunicación publicitaria recaerá sobre el anunciante.
Artículo 33
CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE VENTA. Sin perjuicio de la información exigida por otras leyes o normas, se debe extender documento de venta en el cual debe constar: 1) Elnombre, domicilio, teléfono y demás datos de identificación del proveedor; 2) El nombre del comprador; 3) Ladescripción y especificación del bien; 4) Lamención de las características de la garantía conforme a lo establecido en esta Ley; Los plazos y condiciones de entrega; y 6 El precio y las condiciones de pago. La redacción debe ser hecha en idioma español, ser completaclara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente. Un ejemplar de todos los documentos relacionados con la ventá debe ser entregado al consumidor. La Autoridad de Aplicación por vía de reglamentación establecerá modalidades diferentes cuando la índole de la cosa objeto de la contratación así lo determine, siempre que asegure la finalidad perseguida por esta Ley.
Artículo 50
PRESUPUESTO. En los supuestos contemplados en el artículo anterior, el prestador del servicio debe extender por duplicado un presupuesto que contenga como mínimo los siguientes datos: 1) Nombre, domicilio, teléfono y demás datos de identificación del proveedor; 2) Descripción del trabajo arealizar; 3) Descripción y precios de los materiales y de la mano de obra aemplear; ; 4) Tiempo o plazo en que se realizará el trabajo; 5) Plazo de la garantía y sualcance; 6) Vigencia de la oferta hecha en el presupuesto; y 7) Plazo y condiciones para el retiro o entrega del bien o producto una vez efectuado el servicio. Un ejemplar de dicho presupuesto debe ser entregado al consumidor, debiendo contar con la autorización expresa y por escrito de éste para proceder con la realización del trabajo.
Artículo 85
REQUISITOS DE LA DENUNCIA. Sin perjuicio de los demás requisitos que paratal efecto relamente la Autoridad de Aplicación, la denuncia deberá contener lo siguiente: 1) Nombre, generales, número de identidad, dirección, teléfono y demás datos de identificación del denunciante; 2) Nombre, razón o denominación social o nombre comercial del denunciado, su dirección, teléfono y demás datos de identificación; 3) Relación y formulación adecuada de la denuncia; y 4) Petición.

En construcción


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REQUISITOS. Sin perjuicio de los demás requisitos que para tal efecto reglamente la Autoridad de Aplicación, los interesados en obtener personalidad jurídica o autorización para operar como asociaciones de consumidores deberán presentar su solicitud acompañada de la documentación siguiente: 1) Certificación del Acta de Constitución de la Organización o Asociación; la cual tendrá un número no menor de quince (15) miembros de los cuales cinco (5) formarán la Junta Directiva; 2) Estatutos de la Organización con indicación del representante legal de la misma; 3) Nombre o denominación de la Organización; 4) Indicación de la actividad específica o general a realizar; 5) Duración, domicilio, jurisdicción y otros datos de identificación; 6) Fotocopia de los documentos de identificación personal de los miembros fundadores y de la Junta Directiva; 7) Los documentos a que se hace referencia en este artículo no necesitan ser autenticados; y 8 Los miembros fundadores y directivos deben ser mayores de edad y estar en el pleno goce de sus derechos civiles y políticos. Las organizaciones civiles con personalidad jurídica y que se hayan constituido con fines distintos a la protección y defensa de los consumidores, podrán ser autorizadas para operar como asociaciones de consumidores debiendo para ello, presentar la solicitud correspondiente y cumplir con los requisitos, finalidades y demás disposiciones establecidas en la presente Ley y su reglamento
Artículo 27
PUBLICIDAD ENGAÑOSA O FALSA. Se prohíbe toda publicidad. que pueda resultar total o parcialmente engañosa o falsa, o que, de cualquier otro modoinclusive por omisión de sus datos esenciales, sea capaz de inducir a error, engaño o confusión a los consumidores respecto de las características esenciales, propiedades, naturaleza, origen, calidadcantidad, precio o condiciones de comercialización sobre toda clase de bienes y servicios. La carga de la prueba sobre la veracidad y corrección de la información o comunicación publicitaria recaerá sobre el anunciante
Artículo 33
CONTENIDO DEL DOCUMENTO DE VENTA. Sin perjuicio de la información exigida por otras leyes o normas, se debe extender documento de venta en el cual debe constar: 1) Elnombre, domicilio, teléfono y demás datos de identificación del proveedor; 2) El nombre del comprador; 3) Ladescripción y especificación del bien; 4) Lamención de las características de la garantía conforme a lo establecido en esta Ley; Los plazos y condiciones de entrega; y 6 El precio y las condiciones de pago. La redacción debe ser hecha en idioma español, ser completaclara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente. Un ejemplar de todos los documentos relacionados con la ventá debe ser entregado al consumidor. La Autoridad de Aplicación por vía de reglamentación establecerá modalidades diferentes cuando la índole de la cosa objeto de la contratación así lo determine, siempre que asegure la finalidad perseguida por esta Ley
Artículo 50
PRESUPUESTO. En los supuestos contemplados en el artículo anterior, el prestador del servicio debe extender por duplicado un presupuesto que contenga como mínimo los siguientes datos: 1) Nombre, domicilio, teléfono y demás datos de identificación del proveedor; 2) Descripción del trabajo arealizar; 3) Descripción y precios de los materiales y de la mano de obra aemplear; ; 4) Tiempo o plazo en que se realizará el trabajo; 5) Plazo de la garantía y sualcance; 6) Vigencia de la oferta hecha en el presupuesto; y 7) Plazo y condiciones para el retiro o entrega del bien o producto una vez efectuado el servicio. Un ejemplar de dicho presupuesto debe ser entregado al consumidor, debiendo contar con la autorización expresa y por escrito de éste para proceder con la realización del trabajo
Artículo 85
REQUISITOS DE LA DENUNCIA. Sin perjuicio de los demás requisitos que paratal efecto relamente la Autoridad de Aplicación, la denuncia deberá contener lo siguiente: 1) Nombre, generales, número de identidad, dirección, teléfono y demás datos de identificación del denunciante; 2) Nombre, razón o denominación social o nombre comercial del denunciado, su dirección, teléfono y demás datos de identificación; 3) Relación y formulación adecuada de la denuncia; y 4) Petición