Ley Sobre Normas de Contabilidad y Auditoría
189-2004 22 artículos en total
Ley Sobre Normas de Contabilidad y Auditoría
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Capítulo I
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1
OBJETO.La presente Ley tiene por objeto establecer el marco regulatorio necesario para la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF's) y de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA's), a fin de lograr una adecuada elaboración, presentación, revisión y certificación de la información contable y financieragarantizando transparencia y comparabilidad de la mismagenerando la confianza requerida tanto en el ámbito nacional como internacional.
OBJETO.La presente Ley tiene por objeto establecer el marco regulatorio necesario para la adopción e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF's) y de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA's), a fin de lograr una adecuada elaboración, presentación, revisión y certificación de la información contable y financieragarantizando transparencia y comparabilidad de la mismagenerando la confianza requerida tanto en el ámbito nacional como internacional.
Artículo 2
MBITO DE APLICACIÓN.La presente Ley se aplicará fundamentalmente en el sector privado y en lo conducente en el ámbito de la Administración Pública, independientemente del nivel de autonomía o desconcentración administrativa.
MBITO DE APLICACIÓN.La presente Ley se aplicará fundamentalmente en el sector privado y en lo conducente en el ámbito de la Administración Pública, independientemente del nivel de autonomía o desconcentración administrativa.
Capítulo II
DEL ÓRGANO RECTOR DEL SISTEMACONFORMACIÓN Y COMPETENCIA
Artículo 3
CREACIÓN DEL ÓRGANO REC- TOR.Créase LA JUNTA TÉCNICA DE NORMAS DE CONTABILIDAD Y DE AUDITORÍA, como un ente de carácter técnico especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con el propósito de garantizar el efectivo cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas prestará el concurso o asistencia que fuere necesaria, para que la Junta Técnica pueda cumplir a cabalidad su cometido.
CREACIÓN DEL ÓRGANO REC- TOR.Créase LA JUNTA TÉCNICA DE NORMAS DE CONTABILIDAD Y DE AUDITORÍA, como un ente de carácter técnico especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con el propósito de garantizar el efectivo cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas prestará el concurso o asistencia que fuere necesaria, para que la Junta Técnica pueda cumplir a cabalidad su cometido.
En construcción
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