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Ley Especial de Intervención de Comunicaciones Privadas

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Ley Especial de Intervención de Comunicaciones Privadas

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Artículo 15
La solicitud de intervención debe plantearse por escrito, y contendrá con toda claridad lo siguiente:

1) El nombre y apellidos de la(s) persona(s), cuyas comunicaciones se han de intervenir, en el caso que sus nombres y apellidos se conozcan. En el evento que los datos anteriores se desconozcan se hará del conocimiento esta circunstancia del órgano jurisdiccional;

2) La descripción breve del hecho, las actividades ilícitas que se investigan, y las razones que motivan la necesidad de la intervención;

3) La calificación legal del delito o delitos por los cuales se realiza lasolicitud;

4) Los datos de identificación del servicio de comunicación a intervenir: entre estos números de sim, aparatos de comunicaciones, frecuencias o direcciones electrónicas, la información referente a los aparatos y dispositivos empleados para brindar el servicio, así como la referencia a cualquier otro elemento o dato que se considere útil para establecer el tipo de comunicación o telecomunicación que ha de intervenirse;

5) El plazo de duración para el cual se requiere se autorice la medida; 

6) El nombre del fiscal o agente de la Procuraduría General de la República, en su caso que solicita la intervención y su lugar para las notificaciones; y

7) Otros elementos que sean necesario para la intervención.

Artículo 22.- FORMA DE DOCUMENTAR LA INTERVANCIÓN EN LA UNIDAD DE INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES (U.I.C)
De toda intervención se levantará acta. El acta contendrá lo siguiente:

1) Fecha deinicio y finalización de la intervención;

2) Inventario detallado de los documentos, objetos y las cintas de audio o vídeo que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la intervención;

3) La identificación de quienes hayan participado en las diligencias; y

4) Cualquier dato que se considere relevante para la investigación.

Las cintas originales y el duplicado de cada una de ellas, se numerarán progresivamente y contendrán los datos necesarios para su identificación. Se guardarán en sobre sellado y el coordinador de la UIC, será responsable de su seguridad, cuidado e integridad.

Artículo 27.- CONTENIDO Y ENTREGA DE TRANSCRIPCIONES.
La transcripción contendrá los datos necesarios para identificar la fuente de donde fue tomada y las circunstancias relativas a la intervención y serán entregadas en copias certificadas al Fiscal o Agente de la Procuraduría General de la República en su caso, asignado al caso cada siete (7) días, salvo que por razones de urgencia deba hacerse la entrega antes de este tiempo, y una vez finalizado todo el proceso deberán entregarlas en original al Juez que ordenó la medida, en un plazo no mayor de diez (10) días, bajo responsabilidad penal en caso de no hacerlo, adjuntando los soportes técnicos en los cuales está guardada, grabada o registrada la información que respalda la transcripción.

Los datos o informes impresos que resulten de la intervención . seránigualmente agregados a la investigación.

Artículo 36.- CADENA DE CUSTODIA
Para garantizar la autenticidad del material obtenido y de la información se aplicarán las reglas generales sobre la cadena de custodia. Todo el material será numerado de forma progresiva, conteniendo los datos necesarios para su identificación.

El coordinador de operaciones de la Unidad de Intervención de las Comunicación será responsable porque la custodia del material y la información sea entregada siguiendo todas las formalidades.

Artículo 39.- OBLIGACIÓN DE GUARDAR INFORMACIÓN POR CINCO (5) AÑOS.
Las compañías que brindan servicios de telefonía, están en la obligación de guardar los datos de todas las conexiones de cada usuario porel plazo de cinco (5) años. Los datos incluyen los números de teléfono que participan en cada conversación, su duración y la hora de la llamada. En el caso de llamadas con teléfono móvil, deberá guardarse el lugar donde se encuentra un usuario cuando hace la llamada, contesta, o envía un mensaje de texto. Esta obligación esaplicable a cualquier otra empresa, institución o cualquier otro ente natural o jurídico que brindan servicios de comunicación.

El incumplimiento de esta disposición, dará lugara la aplicación de una sanción de cinco mil (5,000) a diez mil (10,000) salarios mínimos y la cancelación de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran sus accionistas o representantes legales.

En construcción


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Artículo 15
La solicitud de intervención debe plantearse por escrito, y contendrá con toda claridad lo siguiente:

1) El nombre y apellidos de la(s) persona(s), cuyas comunicaciones se han de intervenir, en el caso que sus nombres y apellidos se conozcan. En el evento que los datos anteriores se desconozcan se hará del conocimiento esta circunstancia del órgano jurisdiccional;

2) La descripción breve del hecho, las actividades ilícitas que se investigan, y las razones que motivan la necesidad de la intervención;

3) La calificación legal del delito o delitos por los cuales se realiza lasolicitud;

4) Los datos de identificación del servicio de comunicación a intervenir: entre estos números de sim, aparatos de comunicaciones, frecuencias o direcciones electrónicas, la información referente a los aparatos y dispositivos empleados para brindar el servicio, así como la referencia a cualquier otro elemento o dato que se considere útil para establecer el tipo de comunicación o telecomunicación que ha de intervenirse;

5) El plazo de duración para el cual se requiere se autorice la medida; 

6) El nombre del fiscal o agente de la Procuraduría General de la República, en su caso que solicita la intervención y su lugar para las notificaciones; y

7) Otros elementos que sean necesario para la intervención


Artículo 22.- FORMA DE DOCUMENTAR LA INTERVANCIÓN EN LA UNIDAD DE INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES (U.I.C)
De toda intervención se levantará acta. El acta contendrá lo siguiente:

1) Fecha deinicio y finalización de la intervención;

2) Inventario detallado de los documentos, objetos y las cintas de audio o vídeo que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la intervención;

3) La identificación de quienes hayan participado en las diligencias; y

4) Cualquier dato que se considere relevante para la investigación.

Las cintas originales y el duplicado de cada una de ellas, se numerarán progresivamente y contendrán los datos necesarios para su identificación. Se guardarán en sobre sellado y el coordinador de la UIC, será responsable de su seguridad, cuidado e integridad


Artículo 27.- CONTENIDO Y ENTREGA DE TRANSCRIPCIONES.
La transcripción contendrá los datos necesarios para identificar la fuente de donde fue tomada y las circunstancias relativas a la intervención y serán entregadas en copias certificadas al Fiscal o Agente de la Procuraduría General de la República en su caso, asignado al caso cada siete (7) días, salvo que por razones de urgencia deba hacerse la entrega antes de este tiempo, y una vez finalizado todo el proceso deberán entregarlas en original al Juez que ordenó la medida, en un plazo no mayor de diez (10) días, bajo responsabilidad penal en caso de no hacerlo, adjuntando los soportes técnicos en los cuales está guardada, grabada o registrada la información que respalda la transcripción.

Los datos o informes impresos que resulten de la intervención . seránigualmente agregados a la investigación


Artículo 36.- CADENA DE CUSTODIA
Para garantizar la autenticidad del material obtenido y de la información se aplicarán las reglas generales sobre la cadena de custodia. Todo el material será numerado de forma progresiva, conteniendo los datos necesarios para su identificación.

El coordinador de operaciones de la Unidad de Intervención de las Comunicación será responsable porque la custodia del material y la información sea entregada siguiendo todas las formalidades


Artículo 39.- OBLIGACIÓN DE GUARDAR INFORMACIÓN POR CINCO (5) AÑOS.
Las compañías que brindan servicios de telefonía, están en la obligación de guardar los datos de todas las conexiones de cada usuario porel plazo de cinco (5) años. Los datos incluyen los números de teléfono que participan en cada conversación, su duración y la hora de la llamada. En el caso de llamadas con teléfono móvil, deberá guardarse el lugar donde se encuentra un usuario cuando hace la llamada, contesta, o envía un mensaje de texto. Esta obligación esaplicable a cualquier otra empresa, institución o cualquier otro ente natural o jurídico que brindan servicios de comunicación.

El incumplimiento de esta disposición, dará lugara la aplicación de una sanción de cinco mil (5,000) a diez mil (10,000) salarios mínimos y la cancelación de la licencia, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran sus accionistas o representantes legales