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Ley de Simplificacion Administrativa
255-2002 1 resultados encontrados
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Ley de Simplificacion Administrativa
255-2002 1 resultados encontrados
Artículo 448
Todos los comerciantes deberán conservar en forma ordenada por un período de cinco (5) años, los libros de contabilidad y los libros y registros especiales, documentos, facturas, correspondencia enviada y recibida, así como los antecedentes de los hechos generadores de la obligación tributaria o en su caso los programas, sub programas y demás registros procesados mediante sistemas electrónicos o de computación. Asimismo, los comerciantes deberán hacer expresa mención de los datos de su asiento registral en toda correspondencia y papelería que extiendan.
Todos los comerciantes deberán conservar en forma ordenada por un período de cinco (5) años, los libros de contabilidad y los libros y registros especiales, documentos, facturas, correspondencia enviada y recibida, así como los antecedentes de los hechos generadores de la obligación tributaria o en su caso los programas, sub programas y demás registros procesados mediante sistemas electrónicos o de computación. Asimismo, los comerciantes deberán hacer expresa mención de los datos de su asiento registral en toda correspondencia y papelería que extiendan.
En construcción
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